La Comisión Ética Contra la Tortura se hace el deber de informar a la opinión pública la situación que aqueja al preso político mapuche, Machi Celestino Córdova Tránsito, autoridad ancestral, que se encuentra recluido en el penal de Temuco y que realiza una prolongada huelga de hambre desde el 13 de enero de 2018.
1. Una misión de Observación de la CECT de Temuco ha podido constatar que el Machi lleva más de 40 días en huelga de hambre y ha perdido más de 18 kilos, encontrándose bajo control médico de Gendarmería de Chile y de médicos externos al penal. A pesar de esto las demandas del prisionero mapuche no han sido escuchadas y las autoridades, tanto políticas como las instituciones de Derechos Humanos del Estado, han optado por el silencio y la indiferencia.
2. La CECT como organización de defensa de los derechos humanos de la sociedad civil, tiene el deber de señalar que el petitorio entregado por el Machi Celestino Córdova a Gendarmería de Chile y por el cual lleva a cabo su protesta, tiene que ver con una serie de derechos que le asisten y que se encuentran consagrados en el Convenio 169 de la OIT.
Este convenio fue promulgado por el Estado de Chile mediante el Decreto 236 de fecha 2 de octubre del 2008 y consagra la responsabilidad legal que deben asumir los gobiernos en la protección de los derechos de los pueblos indígenas y tribales y la garantía de su integridad, el respeto de su identidad cultural, religiosa, costumbres y tradiciones, las que no se pierden incluso al encontrarse privados de libertad.
Así, en los artículos 9 y 10 del Decreto 236 se señala expresamente que: "las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia" y que, cuando se "impongan sanciones penales previstas por la legislación general a miembros de dichos pueblos deberán tenerse en cuenta sus características económicas, sociales y culturales" e incluso, establece que debe darse preferencia a tipos de sanción distintos del encarcelamiento. Lo que pide el Machi Celestino es acceso a la Justicia y respeto a su condición y ordenamiento espiritual para lo cual requiere condiciones que le permitan completar su condición de referente espiritual de su comunidad.
3. Un segundo contenido de la petición del Machi Celestino Córdova, que motiva su huelga de hambre, se refiere al hecho que no se respetaron en su juicio los requisitos de un debido proceso, donde fue condenado a 18 años de presidio acusado del asesinato de los colonos Lucksinger-Mackay.
En estos días, en que la opinión pública ha conocido los detalles de cómo se fraguó la "Operación Huracán", hemos sido testigos de la más aberrante acción de discriminación a la que ha llegado el Estado de Chile por parte de sus instituciones políticas, policiales y judiciales, las que usando métodos sólo vistos en dictadura, fabricaron pruebas para inculpar a comuneros y líderes mapuche en actos delictuales.
Hoy el gobierno, las policías y los fiscales dejan a la ciudadanía "en tierra de nadie" frente a lo que se entiende por Justicia y el derecho a ser considerado inocente hasta que se pruebe lo contrario y a la dificultad de probar inocencia ante acusaciones hechas por altas autoridades políticas, policiales y agentes de inteligencia. Estos personeros, con la Operación Huracán, demuestran que son capaces de gastarse el erario público con el propósito de encarcelar y acusar a personas inocentes y todo lo que ello conlleva como: allanar moradas, destruir los enseres de las comunidades mapuche, movilizar a cientos de efectivos, ocupar transporte terrestre y aéreo y, contar con una cobertura informativa que manipula a la opinión pública posibilitando condenas sociales antes de llevarlos a juicio, asegurando así la indiferencia de la sociedad frente a la injusticia.
En este escenario es legítimo preguntarse ¿El Machi Celestino Córdova Tránsito fue juzgado y condenado con pruebas efectivas, válidas y certeras? O, ¿Su proceso y actual encarcelamiento son resultado de las presiones indebidas de poderes fácticos y políticos sobre los jueces, logrando dictámenes contrarios al valor de la Justicia, con graves consecuencias en personas eventualmente inocentes que quedan sin la opción de hacer uso del derecho real a la defensa?
4. Dado que el Alto Mando de Carabineros y su unidad de Inteligencia han estado involucrados en esta máquina de encarcelamiento de mapuche con pruebas falsas, una verdadera Justicia debiese poner en cuestión todos los procesos que se han realizado y revisar de manera transparente su actuación y aplicar la ecuanimidad que debe asistirles así como el apego irrestricto a las leyes con las que han juzgado a los comuneros mapuche, que por cierto suman decenas, los que luego de prolongados encierros han terminado siendo absueltos.
5. Por todo lo anterior, llamamos a lo que queda del Gobierno de la Sra. Bachelet a instruir a Gendarmería de dar garantías del pleno respeto de los derechos contemplados en el Convenio 169 - Decreto 236, que le asiste al Machi Celestino Córdova dada su condición de autoridad espiritual-ancestral y poner fin a la prolongada huelga de hambre que mantiene.
Solicitamos a los Tribunales de Justicia la revisión de todos los procesos y condenas realizadas a miembros del pueblo mapuche y verificar que se ajusten a derecho.
Exigimos la más amplia investigación y esclarecimiento total de los hechos de la llamada Operación Huracán; se debe dar una cuenta pública al país de los recursos utilizados en ella, determinar la totalidad de los agentes del Estado y mandos policiales implicados, así como la aplicación de drásticas sanciones administrativas y penales.
Solicitamos al Gobierno entregar excusas públicas por la actuación del Ministerio del Interior en esta Operación que de inteligencia no tuvo nada y que, por el contrario, evidenció ante el país la faceta más discriminativa y el desprecio por los derechos humanos ejercidos desde la autoridad política del Estado.
COMISIÓN ÉTICA CONTRA LA TORTURA