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Radiografía de la impunidad: ¿En qué están las causas por violaciones a los DDHH en la revuelta?

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Publicado el 20 de abril de 2023

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Cuarenta y seis personas, desde los cuatro hasta los setenta y cuatro años murieron durante la revuelta social y, al menos una de ellas, aún no ha sido identificada. Doce fueron asesinadas por agentes del Estado chileno; de ellos, sólo dos tienen condena, con tipologías del delito que no corresponden con lo ocurrido y con penas ancladas en una narrativa estructural nacional: la impunidad.

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El 15 de noviembre de 2019, el mismo día en que el oficialismo de ese entonces y sectores de la oposición firmaron el Acuerdo por la Paz, murió asesinado Abel Acuña, joven de 29 años. Su padre, Anselmo, de 63 años, aún pugna por justicia.

"Hoy no sé qué decirte porque es un día muy difícil. Para mi es un febrero difícil... una vez más tranquilo le contaré", fueron algunas de las pocas palabras que respondió Anselmo al ser contactado para hablar sobre su hijo.

Cada cierto tiempo, medios de comunicación alternativos, populares y contrahegemónicos, además de sitios de memorias y otras organizaciones, le escriben sobre el caso. Pero todo sigue igual: el dolor, en parte debido al estado de una causa que, según subrayó, "no tiene avances reales".

Desde Joel Triviño, un niño de cuatro años atropellado en San Pedro de la Paz, hasta José Arancibia, un adulto de 74 años fallecido de manera confusa en el incendio de la fábrica Kayser en Renca: 46 personas murieron en contexto de revuelta social y al menos doce de ellas lo hicieron en manos de agentes estatales (se investigan más casos), específicamente carabineros y militares.

Del total, sólo dos causas cuentan con condena firme: el crimen de Kevin Gómez (asesinado por el cabo primer del Ejército Cristián Care Care, el 20 de octubre de 2019 en Coquimbo, quien recibió una condena de 5 años y un día por violencia innecesaria), y el de Manuel Rebolledo (asesinado por el marino Leonardo Medina Caamaño, el 21 de octubre de 2019 en Talcahuano, recibiendo una pena de firma mensual por 540 días por cuasidelito de homicidio). En ambos casos, familiares, amigos/as y compañeros/as de las víctimas, manifestaron su indignación ante las tipificaciones del delito y las condenas.

La mayoría de los procesos judiciales en curso enfrentan una serie de obstrucciones, asimismo existen causas que fueron cerradas, como el crimen del padre, socio, hincha colocolino y activista social, Jorge "Neco" Mora, atropellado por el carabinero Carlos Martínez Ocares el 28 de enero de 2020.

Según la información proporcionada por el abogado de la familia de "Neco", Rodrigo Román, el caso terminó "con total y absoluta impunidad" en Chile, por lo que se apeló internacionalmente, y hace alrededor de un año el caso permanece sin avances en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Los obstáculos de la justicia, garantías para la impunidad

Para la abogada especialista en derechos humanos, Karinna Fernández, el uso de determinadas figuras legales y la desestimación de otras tiene diversas consecuencias, contribuyen al sostenimiento de la impunidad de los Estados y se asocian a ideas negacionistas.

"A partir de esto, se construye una narrativa histórica con la idea de que en Chile no se torturó sino que se vejó, lo cual tiene como consecuencia penas más bajas con las que incluso se puede llegar a acuerdos abreviados por los agentes o se suelen no condenar, o se condena a pocos y penas no efectivas", subrayó la abogada, quien pertenece al equipo jurídico de Londres 38, espacio de memorias. "En lugar de utilizarse las figuras adecuadas de tortura, por ejemplo, se utilizan figuras como vejamenes y apremios, lo que tiene implicancia en la condena y en la narrativa de ocurrido", agregó para ilustrar uno de los tantos obstáculos que tienen los procesos judiciales de este tipo.

En el caso de César Mallea, por ejemplo, fallecido al interior de la 56° Comisaría de Peñaflor el 25 de octubre de 2019, sus abogados y abogadas -entre ellos, Karinna Fernández- se querellaron por homicidio por omisión de persona en custodia, que permite determinar de manera más eficaz las responsabilidades de los implicados, no obstante, el fiscal decidió no perseverar en la investigación y acudieron al Tribunal Constitucional.

Algo similar ocurrió con Ángela González, atropellada por un civil mientras protestaba por la libertad de las y los presos políticos de la revuelta, el 29 de marzo de 2021 en Colina. Lo ocurrido reúne las características necesarias para constituir un femicidio, pero se tipificó como un homicidio, lo que demuestra que algunos tribunales "se resisten a ciertas fórmulas", expresó Fernández, además de la falta de aplicación de estándares internacionales vinculados al tratamiento de la tortura, el enfoque de género y la niñez.

Otros de los obstáculos que identifica el abogado de derechos humanos, Sebastián Velásquez, son la falta de eficacia y compromiso de fiscales: la falta de especialización de la Policía de Investigaciones (PDI), Carabineros y la misma Fiscalía: la falta de colaboración estatal en la entrega de documentos; retrasos en las investigaciones; el rol del Consejo de Defensa del Estado; condicionamientos por parte de los Juzgados de Garantía en relación a la discusión de medidas cautelares; y también definiciones de condenas y tipos penales (en esta parte, también los Tribunales Orales en lo Penal), sumado a la falta de voluntad institucional para realizar reconstituciones de escena.

Estas rémoras, estructurales en el entramado judicial chileno, son más delicadas aún cuando se trata de crímenes de Estado y/o de lesa humanidad, ocurridos en dictadura y democracia. En los crímenes de Estado, por la gravedad de la violación de los derechos humanos, operan una serie de obligaciones internacionales para los Estados, los que tienen que aplicar, investigar y sancionar a los responsables porque se trata de delitos cometidos por agentes estatales , explicó Fernández.

Para que un crimen se constituya como delito de lesa humanidad, en cambio, tiene que acreditarse "una serie de requisitos adicionales", como sistematicidad y existencia de política, que aún no se logra constatar en el caso de los crímenes efectuados en contexto de revuelta social, calificados como crímenes de Estado.

Frente a este tipo de delitos, el Ministerio Público debe cumplir una serie de obligaciones de estándar de debida diligencia, los que no se están efectuando y que significan un "incumplimiento con el derecho internacional", enfatizó la abogada. "El Ministerio Público no comprende que no puede decidir no proceder al respecto de agentes estatales, y lo sigue haciendo", sumó. Esto se materializa en casos como el del General de Carabineros, Ricardo Yañez, quien no se presetó a las primeras cinco veces en que fue citado a declarar (en la sexta, acogió su derecho a guardar silencio). "Tampoco lo ha hecho el ex oficial, Mario Rozas, y con eso tampoco se puede cerrar la etapa inicial de la investigación", remarcó. En su deber de funcionarios públicos, ambos casos mencionados generan "un grave daño al establecimiento de la verdad judicial y el acceso de la justicia de sus víctimas", apuntó Karinna Fernández.

De acuerdo a cifras del Ministerio Público, 10.796 investigaciones se activaron para indagar violaciones a los DDHH durante la revuelta, entre cuyas víctimas hubo grupos amparados en la categoría de derechos humanos "especialmente protegidos": niños, niñas, adolescentes, adultos y adultas mayores y personas con discapacidad. "Muchos de esos casos fueron archivados y casi la mitad de las causas fueron cerradas anticipadamente, sin investigación", indicó la abogada. Por este motivo, desde Londres 38, se han llevado a cabo diversas acciones durante y después de la revuelta.

Junto a la Defensoría Jurídica de la Universidad de Chile, se tomaron dos mil denuncias que fueron enviadas a las fiscalías nacionales, al mismo tiempo que durante la revuelta se utilizó el inmueble de Londres 38 como un punto de encuentro, solidaridad y socorro mutuo para las personas heridas o que necesitaron un lugar seguro. Otra de las acciones, en el ámbito del derecho, fue la presentación de querellas contra el alto mando de Carabineros.

Las querellas contra altos mando se hicieron con el fin de evidenciar "la existencia de patrones" además de comprobar que "el alto mando no pudo desconocer está lógica", añadió Karinna Fernábdez. En otras palabras, se investiga un "patrón de persecución masiva a la población" entre octubre de 2019 y marzo de 2020. Con ello, se busca además comprobar la sistematicidad del ejercicio estatal durante esos años, posibilitada, en gran parte, por la ausencia del derecho a la protesta, eje primordial de la democracia y la libertad de expresión.

Una huella indeleble ejecutada por agentes estatales

Estefani Cortés pide permiso para responder las preguntas a través de audios de WhatsApp, mientras se encuentra a la espera de atención psiquiátrica. A su lado, el paciente al que acompaña: su marido o, como ella lo llama, "mi chatito", "mi Rola".

Rolando Robledo tiene 45 años. El 20 de octubre de 2019, mientras caminaba con un amigo cerca del Mall Plaza de La Serena, su vida cambió para siempre luego que una bala percutada por un militar, dañara sus intestinos a tal punto de que hoy, a más de tres años después del hecho, necesita entre otros insumos 60 bolsas de colostomía al mes -unos 270 mil pesos- sólo para realizar sus necesidades fisiológicas.

Trabajador de la construcción, inquieto, y apasionado por la elaboración y restauración de muebles. Así lo recuerda su compañera y esposa. "Ahora yo tengo un Rolando muy distinto, no quiere salir, quiere estar siempre en la cama, llora, ha tenido varios intentos de suicidio, se le olvidan las cosas: hoy nos tocó ir al psiquiatra y nos dijeron que todo esto puede ir aumentando, y contra eso no se puede hacer nada", dijo Estefani. Asimilar y readaptar la vida son dos aspectos en los que aún trabajan como pareja.

Por su ataque fueron formalizados dos militares: uno por dar la orden (el capitán y jefe de escuadra, José Faúndes) y otro por disparar (el cabo Milován Rojas), pero aún no existe condena.

-¿Qué sueños tienen en adelante?

-Que lo puedan operar de su colon; que cierre su talón del pie; poder llevarlo a la playa, a una piscina y bañarlo, porque ahora sólo puede mirar- señaló Estefani. -Mi sueño más grande es que se saque de la cabeza todos los temores que tiene y sigamos para adelante, el regalo más grande de la vida es verlo feliz.

En ese mismo ataque resultó también gravemente herido César Veliz, quien al día de hoy vive con una bala en su cuerpo y se convirtió en otro de los sobrevivientes de la violencia y tortura efectuada por el Estado en contexto de revuelta social.

En medio de esos mismos hechos, Romario Veloz fue el primer fallecido de la revuelta social a manos de agentes estatales. Ese mismo año, se había trasladado de Antofagasta a La Serena para continuar sus estudios universitarios pausados tras su paternidad.

-Lo único que mi hijo quería era terminar sus estudios para trabajar en minería porque todo lo demás lo tenía, y comprarle una casa a su niña. Él era un joven feliz, lo pasaba bien, era muy amado- dice Mery Cortez, madre de Romario, quien lo menciona en pasado y presente, como si su existencia hubiera atravesado los límites del tiempo. Ecuatoriana y afrodescendiente, Mery llegó a Antofagasta junto a su marido chileno "por amor y una mejor calidad de vida". Romario tenía siete años.

"Le gustaba mucho la natación, andar en bicicleta, de grande le fue gustando el hip hop y el freestyle y sacó sus temas, se iba a las batallas de gallo y lo llamaban el Black Dement, trabajaba; era ceramista en la construcción y tomaba cursos de maquinaria pesada, tenía una sonrisa brillante, era bailarín, el alma de la fiesta, bailaba marimba ecuatoriana y cueca". Así describe Mery a su hijo.

El 20 de octubre fue la primera vez que Romario salió a marchar. Nunca militó en un partido político, y asistió "por los derechos de su hija", menciona Mary. Acompañado de sus amigos de la universidad y mientras cantaban al ritmo de las cacerolas, le envió un video para mostrarle a su mamá la tranquilidad de una manifestación en la que familias protestaban con cantos y bailes.

-En el grupo de WhatsApp de migrantes de Coquimbo pusieron 'acaban de matar a un extranjero' y así me enteré de la muerte de mi hijo. La voz de Mery mantiene un ritmo constante acompañado de una tonada ecuatoriana calma, que por breves momentos se entre corta y luego vuelve con seguridad.

"No sabía de política y esas cosas", manifestó. Pero luego del crimen de su hijo se reconoció como un sujeto político en búsqueda de justicia y creó la Corporación de Mujeres Afro Diaspóricas y Fundación Romario Veloz, que hoy lidera.

-En octubre (de este año) la hija de Romario cumple ocho años, a ella le ha tocado muy duro y se enteró de la muerte de su padre porque un niño le contó en la escuela… está en tratamiento psicológico… mi sueño es que sea feliz- dice Mery.

Un muerto sin nombre

Un cuerpo no reconocido espera recuperar su identidad. Fue hallado en las inmediaciones de un supermercado incendiado de Valparaíso y desde el 18 de noviembre de 2019 se encuentra bajo custodia del Servicio Médico Legal (SML). Una placa en la que se lee la palabra "occiso", localizada en su brazo derecho, es lo único que se tiene de su persona, además de un informe que detalla el motivo de su muerte: intoxicación por monóxido de carbono.

"Siempre que llega un fallecido al SML tiene que abrirse una causa asociada, un fiscal que investiga principalmente causa de muerte y si existió o no participación de terceros, y cuando eso ocurre el fiscal solicita más información independiente si el cuerpo es reclamado o no", explicó a Londres 38 el Jefe de Comunicaciones del SML, Víctor Vargas.

Existen tres procedimientos de identificación científica utilizados en esa institución: por huella dactilar, odontología o por muestra de ADN. "Generalmente con personas fallecidas por incendios no existe posibilidad de tratar la huella dactilar y se rescata ADN", agregó.

Luego de eso, sólo queda esperar el cruce con muestras de familiares: si la familia no llega, la investigación queda abierta y cada 15 días se le recuerda a policías, fiscalía y aparatos de búsqueda, que hay un cuerpo esperando ser identificado y volver a hacer suyo su nombre… e historia.

Este cuerpo anónimo, despojado de su memoria, preso de un frío envolvente, podría no ser el único que desde la revuelta espera ser reconocido; otro cuerpo calcinado en otro supermercado incendiado el 13 de noviembre de 2019, pero en Arica; y un cuerpo de una persona fallecida por un golpe eléctrico en pleno centro de Santiago, el 5 de noviembre de 2019, podrían ser los otros.

¿Niño o niña, adolescente, adulto joven o mayor, chileno o extranjero? Nada de eso se sabe, al menos de acuerdo a la información proporcionada por el SML, espacio que, además, se comprometió a facilitar mayores indicios sobre el cuerpo no identificado, y los otros casos mencionados; esto, luego de una solicitud realizada por Londres 38, en el marco de la Ley 19.880 sobre procedimientos de atención ciudadana.

Más gatillo fácil, más impunidad

La recientemente instalada Ley Naín-Retamal -conocida popularmente como "Ley gatillo fácil", que fue aprobada en tiempo record y que da el punta pie a una agenda policial que comienza a robustecerse-, no sólo reconfigura el delito de apremios ilegítimos por parte de agentes del Estado, sino que además es retroactiva, es decir, si la ley deroga un delito existente hasta hoy, o crea una causal eximiente de responsabilidad que antes no estaba, los casos anteriores deben adecuarse a esta nueva norma. Incluídos los de la revuelta social.

Ante el contexto actual, Londres 38, espacio de memorias, en conjunto con otras organizaciones de la sociedad civil, publicó el martes 11 de abril una declaración señalando que "Este peligroso escenario parece destinado a salvaguardar la impunidad de agentes estatales en el uso de la fuerza y se halla lejos de cualquier estándar y control de convencionalidad en materia de derechos humanos, en tanto resulta inaceptable que la justificación del uso de la fuerza letal dependa del criterio del funcionario que utiliza las armas. Más aún, en circunstancias que Carabineros ha demostrado un total desconocimiento del uso racional y proporcional de la fuerza letal y menos letal, así como de las exigencias que implica el respeto a los derechos humanos".

Asimismo, pone a las víctimas de la revuelta social como uno de los grupos más afectados por esta ley ya en vigencia: "La invisibilización de las víctimas de la revuelta también ha influido en este escenario. El gobierno no ha sido capaz de cumplir con las garantías de no repetición en materia de derechos humanos, ignorando la importancia de poner el foco de atención en las víctimas de violencia estatal, para que hechos como aquellos nunca más se repitan", se apunta en el documento.

Si la mayoría de las causas permanecen estancadas desde hace tres años, ¿Cómo terminarán por resolverse en tribunales, con la puesta en vigencia de la Ley Naín-Retamal?, ¿Qué pasará con las víctimas y sobrevivientes de delitos y crímenes perpetrados por agentes del Estado durante el estallido social?

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