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Carta de Londres 38 a la Corte Suprema por la postulación del juez Raúl Mera, ante incumplimiento de sus obligaciones internacionales de protección a los DDHH

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Publicado el 14 de agosto de 2023

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Carta dirigida a la Corte Suprema de Justici

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EXCMA.CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
PRESIDENTE
SR. JUAN EDUARDO FUENTES BELMAR

ERIKA HENNINGS CEPEDA, presidenta de la organización "Londres 38, espacio de memorias", en el contexto del proceso AD-905-2023 sobre postulantes para proveer el cargo de Ministro del Tribunal Constitucional, vacante producida por fallecimiento de Rodrigo Pica Flores, a S.S. Excma. respetuosamente digo:

Que por medio de la presente actuación, y frente a la postulación del Ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Raúl Mera Muñoz para ocupar la vacante que se produjo en el Tribunal Constitucional tras el fallecimiento del Ministro Rodrigo Pica Flores, manifestamos nuestro rechazo a la posibilidad de su nombramiento por parte del Pleno de esta Excma. Corte, por las siguientes consideraciones:

El nombramiento de quienes integran las más altas magistraturas requiere instrumentos que garanticen el escrutinio público del procedimiento. El mecanismo de postulación y elección del nuevo ministro del Tribunal Constitucional no otorga ningún espacio que contemple el derecho de la sociedad civil a ser oída en la designación de los miembros del tribunal que controla la constitucionalidad de la ley. Tras un proceso de justicia transicional fallido, tardío y fragmentado, así como los desafíos de verdad, justicia y reparación surgidos a partir de los hechos de violencia estatal y violaciones de derechos humanos desde octubre de 2019, consideramos que es necesario reformular el sistema de nombramiento de jueces y juezas en Chile. Este debe dirigirse hacia un sistema que fortalezca la independencia interna y externa de los jueces, generando un diseño que asegure transparencia, la participación social y la rendición de cuentas, permitiendo espacios de impugnación, expresión de inquietudes y de apoyo o rechazo en los procesos de nombramiento.

Ante la inexistencia de estos espacios, Londres 38 rechaza el nombramiento de quienes, en su rol de autoridad judicial, han infringido obligaciones internacionales a nombre del Estado chileno. Este es el caso de Raúl Mera Muñoz, quien en el ejercicio de su cargo ha evidenciado un incumplimiento de las obligaciones internacionales de protección de Derechos Humanos, en al menos tres áreas: asegurando impunidad en delitos de lesa humanidad, negando reconocimiento del derecho al agua y a un ambiente libre de contaminación, y omitiendo ponderaciones en casos de violencia contra las mujeres.

Respecto a su labor como Ministro en Visita Extraordinaria, en 2010 desestimó pruebas de las torturas y asesinatos de Cecilia Magni y de Raúl Pellegrin (causa rol Nº 5.004), ocurridos en 1988 cerca de la localidad de Los Queñes, absolviendo a los cuatro uniformados inculpados. Este tipo de actuaciones desconocen las obligaciones internacionales del Estado chileno respecto a los delitos de lesa humanidad que deben ser enfrentados con investigaciones diligentes y sanciones efectivas que garanticen su no repetición. El actuar del entonces juez instructor perpetuó la impunidad de los responsables en estos graves crímenes.

Sobre la negativa a reconocer derechos humanos como el agua o el medio ambiente libre de contaminación, cabe mencionar que en febrero de 2019, sin realizar el debido control de convencionalidad, rechazó 12 recursos de protección presentados ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso tras los graves episodios de contaminación producidos en Quintero y Puchuncaví a fines de 2018, negando con esta resolución las graves afectaciones a la salud de varios centenares de personas que se vieron expuestas a altos niveles de contaminación en lo que se ha denominado como una "zona de sacrificio".

Igualmente, ha declarado inadmisible varios recursos de protección interpuestos ante la Corte de Valparaíso, presentados para asegurar el derecho humano de acceso al agua en Petorca.

En cuanto a la falta de ponderación y perspectiva de género, suma en su contra el caso de una mujer víctima de violencia sexual que fue condenada a cuatro años por homicidio simple, pese a que se acreditó que había sido atacada sexualmente por parte del agresor víctima. Además se le negó la libertad vigilada intensiva, y a pesar que el Tribunal Constitucional acogió un requerimiento concediéndole la pena sustitutiva, la sala presidida por Raúl Mera ignoró el fallo. Finalmente, la Corte Suprema acogió el amparo y otorgó la libertad vigilada.

Reiteramos lo ya sostenido por Londres 38 en nombramientos similares, en cuanto a que tales resoluciones que implican una vulneración de derechos humanos, verifican el incumplimiento de una obligación internacional atribuible al Estado. En consecuencia, siendo ese hecho atribuible a un agente estatal como el Sr. Mera, consideramos que se encuentra inhabilitado para formar parte del Tribunal Constitucional de nuestro país.

Como organización de la sociedad civil es de nuestro especial interés que quienes pasan a la Corte Suprema, por un sistema de valoración, hayan cumplido con las normas de debida diligencia que obligan al Estado en la investigación y sanción de violaciones a DD. HH., no hayan infringido obligaciones internacionales en la materia, no hayan generado victimización secundaria, y hayan examinado la compatibilidad entre los actos y normas nacionales con el derecho internacional de los Derechos Humanos. Estas son cuestiones mínimas con las que el mencionado abogado no cumple.

Por todo lo anterior, solicitamos a todos los señores Ministros que integran el Pleno de esta Excma. Corte, y que participan del proceso de nombramiento, tener en cuenta estos requerimientos básicos y los antecedentes aportados.

POR TANTO,
SOLICITO A S.S. EXCMA., tenerlo presente.

OTROSÍ: Solicito respetuosamente a S.S. se incluya esta presentación en el debate del próximo Pleno de esta Excma. Corte, y se dé cuenta de los antecedentes señalados en lo principal de este escrito, remitiéndose copia de esta presentación a todos los Ministros que lo integran.


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