El pasado 12 de abril se realizó, en el 8° juzgado de garantía de Santiago, la audiencia de formalización de dos militares acusados de "apremios ilegítimos" tras disparar a un hombre con sus escopetas antidisturbios desde el interior de la estación de metro "Chile-España", en la comuna de Ñuñoa.
Los soldados imputados, identificados como Diego Marín Sanhueza y Pedro Cancino Cancino, quedaron con las medidas cautelares de prohibición de salir del país y la prohibición de acercarse a la víctima, Pedro Ávalos Marinkovic.
La historia de este caso de vulneración de derechos humanos en contexto de protesta social es así:
Según consta en la querella criminal firmada por los abogados -integrantes del equipo de Londres 38- Magdalena Garcés y Sebastián Velásquez, los hechos ocurrieron el 22 de octubre del 2019, día en que "Pedro Felipe Ávalos Marinkovic se encontraba presente en una manifestación en Plaza Ñuñoa, cuando se desplazó solitariamente al sector del metro Chile-España, cerca de las 19:30. Al llegar a las inmediaciones del metro, en un lapsus de tiempo entre 10 a 20 minutos, mientras Pedro Avalos observaba la manifestación, se escuchaban disparos desde el interior del metro, cuestión que ya había presenciado en días anteriores de movilización, donde pudo percatarse que las puertas de acceso al metro estaban cerradas y detrás de ellas se encontraban Carabineros quienes disparaban a desde el interior de las instalaciones del metro. Pedro dejó de escuchar disparos, se acercó y bajó a increparlos por su actuar irracionalmente violento, alcanza a bajar algunos escalones (alrededor de 7 escalones), momento en que le disparan de frente, alcanzándolo tres perdigones en el pecho".
El relato del documento continúa detallando que "por el impacto recibido, giró sin tener tiempo para retroceder, vuelve a recibir otra descarga de perdigones, alcanzándolo otros 3 proyectiles por la espalda. Las personas que estaban cercanas a la entrada del metro, le prestaron primeros auxilios, como aplicación de torniquetes para frenar el sangramiento y llamaron a una ambulancia, la que lo trasladó al Hospital El Salvador".
El curso de la investigación luego permitió identificar que los perpetradores de los disparos que impactaron a la víctima eran funcionarios del Ejército que, en aquellos días de excepción constitucional, prestaban apoyo para el control del orden público.
Además de requerir intervención quirúrgica, la víctima debió quedar hospitalizada durante una semana y asistir a controles semanales al menos hasta fines de 2019. Dos perdigones quedaron alojados en su cuerpo: uno en la costilla delantera derecha y otro en el pulmón derecho.
A partir del día de la formalización de los dos militares presuntamente responsables del ataque, se estableció un plazo de noventa días de investigación.
La importancia de la formalización y los riesgos de las RUF
Para Londres 38 es relevante contextualizar que, la gran cantidad de las causas del estallido han debido esperar mucho tiempo para tener algún grado de investigación. Casi a cinco años de ocurridos los hechos recién se está formalizando, cuando en 2020 existían antecedentes suficientes para establecer la responsabilidad de los tiradores directos y la dinámica de los hechos.
La dilación en la actuación de la justicia termina recayendo en nuevas revictimizaciones, porque dicha formalización puede servir a la víctima para que ejerza otros derechos que por el paso del tiempo ya habrían prescrito.
Resulta importante relevar que si bien se alcanza una formalización, la dinámica de los hechos nos permite constatar por qué los funcionarios del Ejército no están habilitados para hacerse cargo del orden público. La represión se aborda desde una perspectiva de guerra ante movilizaciones sociales; se reprime en base a una dinámica de un enemigo interno y a que el despliegue de este orden público propuesto por el Ejército, dirigidos por el poder civil, es tirar a matar, y esta cuestión resulta particularmente grave.
Sumado a lo anterior, y en circunstancias que en el poder legislativo se discuten las Reglas de utilización de la Fuerza (RUF), su exigencia y actualidad a la época es algo que se debe disputar en sede jurisdiccional; la sujeción a cuestionamiento podría debilitar el control del poder civil sobre las fuerzas armadas.
Esta formalización deviene en una disputa del negacionismo, en la que se intenta que el Estado, en definitiva, sea capaz de investigar y sancionar a sus agentes, cuando estos tienen conductas o comportamientos delictivos, particularmente en el ejercicio de sus funciones.
El despliegue y la dinámica de los militares en el control del orden público hoy día más que nunca cobra especial relevancia a la hora de exigir respeto a derechos humanos por parte del Estado, entendiendo que los militares están instruidos para matar en contexto de guerra, no para reducir y controlar el orden público.