Contenido principal

Procesos judiciales

De los 96 casos de personas detenidas desaparecidas y ejecutadas que permanecieron secuestradas en Londres 38, sólo en 13 de ellos los procesos han llegado a término y los inculpados están cumpliendo sus penas. Otros 54 casos se encuentran en proceso (en sumario, en curso de apelación o de solicitud de reapertura del sumario). Los 29 restantes corresponden a casos en los que se aplicó la Ley de Amnistía o que los tribunales sobreseyeron "por falta de antecedentes". En esta sección encontrarás dos listados con el detalle de los procesos y su estado. Se consignan además dos denuncias por tortura presentadas por detenidos que sobrevivieron.

El resultado de estos procesos es el producto de una larga historia judicial que comenzó, en la mayoría de los casos, el mismo día de la detención con la presentación de un recurso de amparo -- invariablemente rechazado por los tribunales de justicia--, seguido de la presentación posterior de denuncias por presunta desgracia y de querellas por secuestro o detención ilegítima. En esos primeros años, en varias oportunidades, se solicitó la designación de un Ministro en Visita para que investigara la suerte corrida por los detenidos que comenzaron a "desaparecer" de manera sistemática, a partir de mayo de 1974.

Pero fue recién en el año 1979 que, por primera vez, la Corte Suprema accedió a dicha solicitud. La designación del Ministro Servando Jordán (lee aquí el Informe) permitió establecer judicialmente los hechos (secuestro, privación ilegal de libertad, aplicación de tortura y desaparición de los detenidos), pero se enfrentó a la negativa oficial a reconocer los secuestros y a informar sobre el paradero de los prisioneros y prisioneras.

Posteriormente, en los años 80, los procesos llevados en diversos tribunales fueron sistemáticamente cerrados en virtud de la aplicación de la Ley de Amnistía. Reabiertos algunos de ellos, con posterioridad al Informe Rettig, no hubo verdaderos avances hasta que, a fines de los años 90, a raíz de la detención de Augusto Pinochet en Londres, los tribunales de justicia se vieron enfrentados a la presión internacional y al compromiso del gobierno de la época en el sentido de que en Chile era "posible hacer justicia" y procesar a Pinochet.
Aunque el dictador finalmente fue sobreseído por su condición física y mental que, supuestamente, impedía su procesamiento, el hecho de su detención y juzgamiento tuvo importantes efectos en el curso de los procesos. Los tribunales comenzaron a dar curso a las investigaciones a pesar de la amnistía, apoyándose para ello en la legislación internacional que ha establecido la desaparición forzada como un delito imprescriptible e inamnistiable.

LA SITUACIÓN ACTUAL

Un estudio sobre el estado actual de los procesos judiciales por causas de violaciones a los derechos humanos, basado en estadísticas del Programa de Derechos Humanos del Ministerio del Interior y de fuentes abiertas, dado a conocer en noviembre de 2009, por el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Diego Portales (UDP), entregó el siguiente panorama.

A noviembre de 2009, existían 304 causas en curso por crímenes relacionados con muertes o desapariciones ocurridas durante la dictadura militar. En tramitación hay otras 33 causas adicionales por tortura, inhumación o exhumación ilegal de restos o asociación ilícita (asociada al caso de "Colonia Dignidad"). Ello implica un total general de 337 causas activas por violaciones a los derechos humanos del pasado.

Las 304 causas por muertes y desapariciones corresponden a 1.042 víctimas. Por lo tanto, sólo un tercio de las víctimas de muerte o desaparición tiene procesos abiertos, un 6 por ciento de éstos han sido resueltos, mientras un 61 por ciento no tiene causa ni concluida ni en curso (de un total de 3.195 personas ejecutadas o detenidas desaparecidas, si bien para efectos de cálculo de porcentajes, el Instituto de Ciencias Sociales de la UDP ha considerado una decena de errores descubiertos en 2008 y 2009 en los registros oficiales).

AGENTES REPRESORES

Desde el año 2000 un total de 771 ex agentes de la dictadura han sido encausados, procesados y/o sentenciados por crímenes asociados a violaciones a los derechos humanos. La gran mayoría de los agentes son ex integrantes de las fuerzas armadas y de Carabineros en rangos que van desde suboficiales a generales, siendo los provenientes del Ejército y Carabineros los más numerosos. También, se ha procesado a unos 53 agentes civiles.

De ese total de 711 agentes encausados, 277 de ellos han recibido sentencias (muchos son sujetos a más de una); pero sólo 56 de ellos están cumpliendo penas efectivas de privación de libertad, 7 ya cumplieron sus penas, 2 fallecieron y 1 (Sergio Arellano Stark) no cumple su condena por razones médicas. Al resto se le ha concedido beneficios legales tales como la libertad vigilada o remisión de la pena.

BAJAS CONDENAS Y PENAS REMITIDAS

Durante los últimos años, la política de los tribunales ha sido dar término a las investigaciones en curso y aplicar bajas penas, apoyándose para ello en el concepto de la "media prescripción". Así es como en 36 de los 55 casos que ha fallado la Corte Suprema durante los años 2008 y 2009, se ha aplicado esta figura, beneficiando a los reos con bajas penas, generalmente remitidas.

Esta situación ha sido cuestionada por diversos sectores vinculados a la defensa de los derechos humanos y ha provocado la denuncia del Estado chileno ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos por incumplimiento de las normas internacionales en materia de acceso a la justicia dado que la aplicación de la figura de la prescripción a delitos de lesa humanidad --que por definición, son imprescriptibles--, cae en abierta contradicción con dichas normas.

Pero los avances en materia de justicia son escasos no sólo por las bajas condenas aplicadas sino también por los aún magros avances en el establecimiento de los hechos relacionados con casos de detenidos desaparecidos, la cadena de responsables, y el esclarecimiento del destino final de esos prisioneros y prisioneras, particularmente aquellos casos correspondientes a los años 1974 y 1975.

Galería

Subir