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Tramitan ley que criminaliza la protesta social

Publicado el 28 de diciembre de 2011

La comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados aprobó por siete votos a favor, cinco en contra y una abstención el proyecto de "Resguardo del Orden Público", también conocido como "Ley Hinzpeter". Se trata de una iniciativa del gobierno que tiene como objetivo reprimir las manifestaciones y protestas sociales, que comenzó a elaborarse durante el desarrollo de las movilizaciones estudiantiles. La comisión especializada de la Cámara de Diputados está compuesta por cinco parlamentarios de la UDI, dos de RN, dos DC, dos PPD y dos del PS.

La Ley Antiprotestas será votada en el plenario de la Cámara baja durante la primera semana de enero, y su destino dependerá de los votos de los diputados del PRI y los "independientes". Como en otros momentos de la historia de Chile, la derecha política recurre a la formulación de leyes represivas para hacer frente a problemas políticos y a las demandas sociales. Así sucedió en el pasado con la Ley de Defensa Permanente de la Democracia (popularmente conocida como la "ley maldita") que permitió la persecución y encarcelamiento a líderes sociales y dirigentes comunistas en la década de los 40; las distintas versiones de "leyes mordaza" que intentado limitar la libertad de expresión; o la Ley de Control de Armas, dictada en 1973 y que fue usada para justificar la represión antes y después del golpe militar de 1973.

Los carabineros posan para la foto.

A la votación de la comisión que aprobó el proyecto de esta nueva ley represiva, un día antes de las fiestas navideñas, asistió el ministro del Interior Rodrigo Hinzpeter, gestor de la iniciativa gubernamental, quien intervino en la reunión para recordar los objetivos que se plantea La Moneda con esta ley.

Hinzpeter indicó que sus objetivos principales son sancionar "efectivamente a quienes cometen delitos encapuchados; proteger a los pequeños y medianos comerciantes, que ven sus locales saqueados; y castigar a quienes con violencia comenten un conjunto de conductas que alteran la paz social e impiden a muchos compatriotas vivir con tranquilidad". Los parlamentarios oficialistas votaron en bloque a favor de la ley que criminaliza las protestas sociales.

En tanto, el sector opositor estimó que el proyecto presenta elementos "peligrosos" y cuestionó el fondo de la necesidad de hacer una reforma a la Ley Penal.

Las restricciones

La iniciativa aprobada -que ahora pasa a su votación en particular- precisa la aplicabilidad de la disposición a los ataques en contra de los integrantes de las Fuerzas de Orden y Seguridad y a los funcionarios de Gendarmería de Chile que estuvieran en el ejercicio de sus funciones; elimina las multas como penas facultativas para los delitos comprendidos en la disposición, o sea deja la pena de cárcel como única alternativa, y distingue la gravedad de las distintas hipótesis, para asignar la respectiva pena privativa de libertad.

Junto con ello, se incluye una remisión a la Ley 17.798, sobre control de armas, para efectos de determinar si el ataque contra la autoridad se ha producido a mano armada. Finalmente, establece que las penas se impondrán siempre que el atentado contra la autoridad no constituya un delito al que la ley le asigne una pena mayor, caso en el cual se aplicará únicamente ésta.

La normativa reemplaza el tipo penal del delito de desórdenes públicos, contenido en el artículo 269 del Código Penal, por una nueva figura que sanciona con una pena de presidio menor en su grado medio, esto es, de 541 días a 3 años, "a los que participen o hayan incitado, promovido o fomentado, desórdenes o cualquier otro acto de fuerza o violencia que implique: paralizar o interrumpir algún servicio público, tales como los hospitalarios, los de emergencia y los de electricidad, combustibles, agua potable, comunicaciones o transporte; invadir, ocupar o saquear viviendas, oficinas, establecimientos comerciales, industriales, educacionales, religiosos o cualquiera otro, sean privados, fiscales o municipales; impedir o alterar la libre circulación de las personas o vehículos por puentes, calles, caminos u otros bienes de uso público semejantes; atentar en contra de la autoridad o sus agentes; emplear armas de fuego, cortantes o punzantes, artefactos o elementos explosivos, incendiarios o químicos u otros capaces de producir daños a las personas o a la propiedad; o causar daños a la propiedad ajena, sea pública, municipal o particular".

Junto con lo anterior, se establece que "la pena se impondrá sin perjuicio de la que, en su caso, corresponda aplicar además a los responsables por su intervención en los daños, incendio,
atentados, robo, infracciones a la Ley sobre Control de Armas y, en general, cualquier otro delito
que se cometa con motivo u ocasión de los desórdenes o de los actos de fuerza o violencia".

La ley además incluye "la sanción de presidio menor en su grado medio, esto es, de 541 días a 3 años, al que impidiere o dificultare la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinadas a prestar auxilio en un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas".

En la misma línea, se establece que "respecto de los delitos de atentados contra la autoridad, atentados y amenazas contra los fiscales del Ministerio Público y defensores penales públicos y
desórdenes públicos se impondrá en su máximo (si consta de una escala) o bien no se aplicará el grado mínimo, si ella constare de dos o más grados, a los responsables que actuaren con el rostro
cubierto o utilizando cualquier otro elemento que impida, dificulte o retarde la identificación del autor".

El proyecto agrega dentro de "las actuaciones de las policía sin orden previa, contenidas en el artículo 83 del Código Procesal Penal, una nueva letra f) que permite a las fuerzas de Orden y Seguridad consignar la existencia y ubicación de fotografías, filmaciones, grabaciones y, en general, toda reproducción de imágenes, voces o sonidos que se hayan tomado, captado o registrado y que sean conducentes para esclarecer los hechos que constituyan o puedan constituir delito y obtener su entrega voluntaria o una copia de las mismas".

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