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Agrupación Guacoldas solicita al Fiscal Nacional permutar penas a prisioneros políticos del Estallido Social

Guacoldas
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Publicado el 10 de junio de 2020

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En abril, ante el escenario de pandemia, el Fiscal Nacional había instado a los jueces a preferir otras medidas cautelares por sobre la prisión preventiva, pero hasta la fecha su propuesta no ha sido considerada en la mayoría de los casos.

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GuacoldasGuacoldasPor medio de una carta pública, la Agrupación de Familiares y Amigos de los Prisioneros Políticos "Guacoldas", se dirigió al Fiscal Nacional, Jorge Abbott, para solicitar la conmutación de la prisión preventiva por otra de menor gravedad; esto, en el contexto de Covid-19, que profundiza aún más la precaria situación de las personas privadas de libertad.

Asimismo, pidieron a Abbott interceder para evitar la intervención Ministerio del Interior y Seguridad Nacional en los procesos judiciales de prisioneros políticos de la Revuelta y de las actuales protestas "contra el hambre", las que han aumentado en las últimas semanas debido al manejo gubernamental ante la pandemia.

CARTA PÚBLICA AL FISCAL NACIONAL JORGE ABBOTT


De su consideración:


La Agrupación de Familiares y Amigos de los Prisioneros Políticos "Guacoldas", le escribe la presente para plantearle las siguientes preocupaciones:

1.- Chile está colapsado, situación que día a día se profundiza cada vez más y que presenta características de crisis multilateral. Es en ese marco, que la realidad carcelaria de nuestro país se ha complejizado cada vez más producto del contagio preocupante y en aumento de la población penal con Covid-19 y por el actuar de la justicia del País, que contraviniendo su propia normativa ha concedido su independencia, operando bajo parámetros de índole políticos más que de tipo jurídicos y apegado a derecho.

2.- Al momento de la redacción de la presente misiva, el sistema penitenciario ya presenta sus dos primeras muertes producto del virus y el contagio es de 951 personas infectadas con el virus, de los cuales 458 son Privados de libertad, siendo que el sistema está casi en su totalidad cerrado hace más de un mes, lo que indicaría que las medidas adoptadas por las autoridades están siendo peligrosamente inoficiosas. Recordarle que en nuestro país la pena de muerte está abolida hace bastante tiempo y que el garantizar la vida de los privados de libertad es una responsabilidad directa del Estado de Chile, es inadmisible que se muera en las prisiones del país por decisiones mal tomadas por las autoridades pertinentes.

3.- Las recomendaciones de la comunidad internacional y de diversas organizaciones de Derechos Humanos, indican que la única solución real para garantizar la vida de la población penal en el contexto de Pandemia, es descongestionar las unidades penales. Como sabrá, en nuestro país no está operando el espíritu y sentido del Código Procesal Penal, que fundamenta la Prisión Preventiva como la excepción y no la regla, esto en consideración directa de la presunción de inocencia. Como bien mencionara el Defensor Público en su última cuenta pública, en nuestro país - durante los últimos años - se ha presentado un aumento significativo de la Prisión Preventiva, lo que ha generado que dicha cautelar pase a ser la regla y no la excepción.

4.- El 2 de abril del presente año, usted públicamente indicó a sus subalternos, en consideración de la Pandemia por Covid-19, privilegiar otras medidas cautelares distintas a la Prisión Preventiva y que en las audiencias de revisión de medidas cautelares se pudiese optar - lo más posible - por facilitar medidas que no significaran el encarcelamiento, colocando la condicionante que los delitos imputados no fuesen de mayor cuantía y de peligro para la sociedad.

5.- Vuestra voluntad no ha sido materializada en gran parte de los casos de los(a) Prisioneros(a) Políticos(a) del Estallido Social, donde hemos podido constatar que usted arguye a la condicionante señalada en el punto anterior. Sr. Abbott que lo delitos correspondientes al estallido social tengan dicha connotación de gravedad no corresponde a la dimensión objetiva de los hechos imputados sino que a la concesión que le ha otorgado el Poder Judicial - sus subalternos-, al ejecutivo quien ha hecho utilización desproporcionado del Derecho con finalidades políticas. Dicha situación ha interferido severamente en la independencia de los poderes del Estado - dañando el Estado de Derecho -, ha colocado en una desigualdad ante la ley a los imputados y la justicia se ha desprendido de la presunción de inocencia. Es decir, la condicionante a la cual usted alude, es producto de una connotación indebida e invocación de leyes desproporcionada en relación a los hechos imputados. A su vez se ha ido creando una paradoja preocupante en el sistema judicial chileno, donde hechos de daños a infraestructura y de desórdenes públicos procuran penas más altas que las referidas a crímenes de tortura y en contra la vida.

6.- Los procesos judiciales de los imputados por hechos acontecidos en el marco del Estallido social, han sido aplazados en reiteradas ocasiones en sus correspondientes plazos de cierre investigativo y se han mantenido las querellas provenientes del ejecutivo que no contienen fundamentación de pruebas (como requiere los procesos apegados a derecho), como en el caso de nuestros familiares y amigos Esteban Bustos, Gilberto Mendoza y Rubén Rivas, re formalizados por los incisos a y c del artículo 6 de la Ley de Seguridad del Estado, que a 7 meses del inicio de su proceso judicial, con dos aplazamientos del proceso investigativo y pronto a una nueva fecha de cierre, la querella del Ministerio del Interior y Seguridad Pública se mantiene sin pruebas y solo con las declaraciones contradictorias de funcionarios de la 51 Comisaría de Pedro Aguirre Cerda (señalar que contra funcionarios de dicha comisaría hay procesos investigativos y cuenta con varios procesados por violación a los derechos humanos). Dicho de otro modo, dicha querella que procura una penalidad máxima de 10 años y un día no cuenta con pruebas y sólo se sostiene por cuestionables declaraciones de funcionarios policiales. Esto ha generado que la Prisión Preventiva opere como castigo anticipado.

7.- En el mismo marco de pandemia, descrito en puntos anteriores, el obrar de la justicia no ajustada a derecho ha facilitado la persecución política del gobierno contra los manifestantes en las movilizaciones de las últimas semanas, conocidas como las protestas "contra el hambre". Es decir, no tan sólo se mantenido una situación de Prisión Política en nuestro país producto del Estallido Social, sino que esta se ha ido ampliando en el marco de las protestas contra el Hambre, lo que nos lleva a afirmar que hoy en nuestro país, el Estado de Derecho cuenta con Prisioneros(a) Políticos(a) por el estallido social y contra el hambre.

8.- En vista y consideración de los puntos planteados en la presente misiva, le solicitamos que nos pueda responder a los siguientes puntos:

A.- Que la Fiscalía Nacional le solicite al Ministerio del Interior y Seguridad Nacional que no intervenga en los procesos judiciales contra los(a) Prisioneros(a) Políticos(a) del Estallido Social y de las manifestaciones "contra el hambre", en consideración que la legislación chilena cuenta con el cuerpo legal para atender dichas situaciones y que no amerita una connotación distinta a lo que indica el Derecho. Esto con el afán de garantizar la independencia de los Poderes del Estado, impedir la utilización del Derecho con finalidades políticas, garantizar la presunción de inocencia y el debido proceso. Lo mencionado se puede materializar, no concediendo ni facilitando las querellas del ejecutivo no ajustada a derecho y solicitar que el Ministerio del Interior y Seguridad Publica desestime las querellas que generan una alta e indebida connotación a los procesos judiciales y que no cuentan con pruebas suficientes y objetivas que las sostengan, como el caso de nuestros familiares y amigos.

B.- Que entendiendo que la alta connotación de penalidad expuesta en los procesos judiciales en contra de los(a) Prisioneros(a) Políticos(a) del Estallido Social están dadas por la intervención - con querellas desproporcionadas en relación a los hechos imputados - del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial, en el contexto de Pandemia por Covid-19 donde ante todo debe primar la vida humana y atendiendo a su voluntad manifiesta de facilitar el descongestionar las cárceles del país, la Fiscalía Nacional facilite y apoye un proyecto de ley de conmutación de la cautelar de Prisión Preventiva por una menos gravosa para la población imputada en el contexto de las manifestaciones del Estallido Social. Para su consideración, tener presente el Proyecto de Resolución respecto a esta materia, aprobado por la Cámara de Diputados el pasado 26 de mayo y la propuesta de ley que cuenta nuestra agrupación.

C.- Que la Fiscalía Nacional facilite, promueva y gestione una solución de carácter político-jurídica para resolver definitivamente la situación de Prisión Política en nuestro país, en el contexto del Estallido Social y las manifestaciones contra el hambre, donde le atañe responsabilidades directas.


Sin otro particular y esperando su pronta respuesta,

Atte.-
Agrupación de Familiares y Amigos de los Prisioneros Políticos "Guacoldas"
Correo: agrupacionguacolda@gmail.com


En Santiago de Chile, 5 de junio de 2020

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