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Decisivo fallo en caso de Jorge Grez

Jorge Grez

Publicado el 02 de junio de 2017

Polémica sentencia de la Corte de Apelaciones será vista por la Corte Suprema cuyo pronunciamiento marcará la pauta en más de 20 casos de víctimas del terrorismo de Estado que se espera sean resueltos próximamente.

Jorge GrezJorge Grez

Jorge Arturo Grez Aburto, militante del MIR, fue detenido el 23 de mayo de 1974 por agentes de la DINA, permaneció en cautiverio en los recintos de Londres 38, Estadio Chile, y Cuatro Álamos, y hasta ahora se encuentra desaparecido.

La sentencia condenatoria de primera instancia, dictada por el ministro Hernán Crisosto Greisse, dio por comprobados estos hechos, así como la condición en la cual se le mantuvo durante su detención en Londres 38: sin contacto con el exterior, vendado y amarrado, sometido continuamente a interrogatorios bajo tortura.

El fallo de primera instancia condenó a seis altos oficiales de la DINA a 13 años de presidio como autores del delito de secuestro calificado: Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Marcelo Luis Moren Brito, Miguel Krassnoff Martchenko y, Gerardo Ernesto Urrich González.

Además, condenó a otros 35 agentes de la DINA como autores del mismo delito a la pena de 10 años, entre ellos se encuentran Gerardo Godoy García, Gerardo Ernesto Godoy García, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Ciro Ernesto Torré Sáez, Sergio Hernán Castillo González, Manuel Andrés Carevic Cubillos. Finalmente, la sentencia condenó a 34 agentes de la DINA, a la pena de 4 años de presidio, como cómplices del mismo delito.

Tras este fallo, algunos condenados fueron sobreseídos definitivamente por haberse producido su muerte, es el caso de Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito y Mario Fritz Esparza, conocido como "el Manchado", configurándose, una vez más, lo que el juez Alejandro Solís denomino como "impunidad biológica".

Nuevo retroceso

La sentencia fue apelada por las defensas de los condenados y la Duodécima Sala de la I. Corte de Apelaciones de Santiago, resolvió absolver, reducir las penas y el número de los condenados en una decisión inesperada, e infundada, según diversos juristas consultados:

  • 56 agentes, oficiales, suboficiales y conscriptos fueron absueltos, entre los que se encuentran Gerardo Godoy García, Ricardo Lawrence Mires y Sergio Hernán Castillo Andrade, capitán de Ejército a cargo de la logística, alimentación y guardias del recinto de Londres 38.
  • 11 agentes condenados a penas de 5 años y un día como autores del secuestro, entre ellos Raúl Iturriaga Neumann.
  • 2 agentes condenados como cómplices, a la pena de 3 años y 1 día.

Como parte de una insólita argumentación, la Corte de Santiago compara la responsabilidad de los agentes de la DINA con la de cualquier funcionario público y, al extremo, con la de la sociedad en su conjunto, desconociendo las distintas responsabilidades y conocimiento de los hechos. Así, se señala:

"no parece razonable imputar responsabilidad personal de carácter penal a un sujeto determinado por el solo hecho de existir certeza de que perteneció al organigrama que conformó el aparato represivo del Estado, pues en dicha lógica, más bien parece que lo que se objeta es la existencia misma de tal organización, atendida la inaudita e inadmisible finalidad para la cual fue creada, reproche que aunque puede naturalmente ser entendido, bastando para ello tener únicamente en cuenta la más elemental distinción entre lo bueno y lo malo, lo cierto es que de aceptarse tal razonamiento en orden a hacer extensiva la responsabilidad personal en la perpetración de un crimen en función de las mencionadas consideraciones, podríamos incluso afirmar que tal factor de imputación incumbe también hacerlo aplicable a todos quienes formaban parte de la administración del Estado y, aún más, a la sociedad toda, que permaneció silente e inactiva frente a tal proceder ilícito" (Sentencia, Rol 1.853-2014, 17 de junio de 2016, considerando cuarto del fallo de reemplazo).

De esta manera, la Corte de Apelaciones de Santiago desconoce que la autoría, en casos de crímenes de guerra y de lesa humanidad, se produce a través del dominio de aparatos organizados de poder como la DINA, dominio que ejercen los jefes de estas organizaciones caracterizadas por la existencia de claras jerarquías y disciplina. En ese contexto, jefes y subordinados cumplen diversas funciones, todas esenciales para la realización de los delitos.

Además, la Corte omitió y no se pronunció respecto de numerosos antecedentes y decenas de elementos de cargo que inculpaban a los agentes absueltos, especialmente a los oficiales.

La Duodécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, fue presidida por el ministro Alejandro Rivera Muñoz e integrada por la ministra Maritza Villadangos Frankovich y por el abogado Integrante José Luis López Reitze.

La parte querellante, representando a Rebelión Grez Rodríguez, hija de Jorge Grez, y el Programa de DDHH del Ministerio de Justicia y DDHH, interpusieron recursos ante la Corte Suprema, y el 18 y 25 de mayo recién pasados se presentaron los alegatos de las partes en la Corte Suprema.

Ahora, depende del máximo tribunal del país el resultado de esta causa, decisión que mostrará la forma en que los tribunales enfrentarán los delitos reiterados de la DINA, organismo que utilizó la desaparición forzada de personas como método sistemático de exterminio en contra de las organizaciones políticas de izquierda.

Ante la Corte de Apelaciones de Santiago todavía quedan pendientes más de una veintena de casos como el de Jorge Grez. El fallo de la Corte Suprema tiene gran importancia pues constituirá una señal fundamental para determinar cómo serán resueltas las próximas causas en el futuro y si el poder judicial optará por favorecer la administración de justicia, o las nuevas formas de impunidad.

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